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Correo electrónico para notificaciones judiciales

La presente información proporcionará la cuenta de correo electrónico que se encuentra habilitada de manera exclusiva para la recepción de Notificaciones Judiciales del Archivo General de la Nación de acuerdo a lo establecido en la Ley 1437 de 2011 y Directiva presidencial 05 de 2012.

Artículo 197 de la Ley 1437 de 2011 Dirección electrónica para efectos de notificaciones. Las entidades públicas de todos los niveles, las privadas que cumplan funciones públicas y el Ministerio Público que actúe ante esa jurisdicción, deben tener un buzón de correo electrónico exclusivamente para recibir notificaciones judiciales.

 

Directiva presidencial No. 5 De conformidad con lo establecido en el Capítulo VII de la ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, las entidades a las cuales va dirigida la presente Directiva Presidencial deben colocar inmediatamente en la página web de inicio de su sede electrónica la información relativa a la dirección electrónica exclusiva para efectos de notificaciones judiciales. Esta información debe ser clara y fácilmente ubicable en dicha página. 

 

Correo de notificaciones judiciales

notificacionesjudiciales@archivogeneral.gov.co

 

Artículo 197 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.